ISSN:
2959-6513 - ISSN-L: 2959-6513
Volumen 4. No. 7 / Enero - junio 2024
Páginas 25 – 39
Procedimiento de investigación penal y la victimización
secundaria en familiares de asesinados
Criminal investigation procedure and
secondary victimization in relatives of murdered people
Procedimento
de investigação criminal e vitimização secundária em familiares de pessoas
assassinadas
Lindsay Verónica Aguilar Vargas
lindseycita37@gmail.com
https://orcid.org/0009-0001-9116-4339
Universidad Mayor de San Andrés. La Paz, Bolivia
http://doi.org/10.59659/revistatribunal.v4i7.41
Artículo recibido 03 de septiembre de 2023 / Arbitrado 28 de septiembre de 2023 / Aceptado 19 noviembre 2023 / Publicado 01 de enero de 2024
Resumen
El objetivo de
esta investigación fue determinar los efectos del procedimiento en la
investigación criminal, en torno a la victimización secundaria en familiares de
víctimas de delitos de asesinato. Metodológicamente fue mixto de tipo
exploratorio y diseño no experimental. La técnica para la recolección de datos
fue la encuesta con el instrumento entrevista, aplicado a la población de 68
funcionarios público penitenciario y a 3 familiares víctimas secundarias. Los
resultados develaron que el proceso judicial es un escenario de una
victimización secundaria, fenómeno tipificado por la victimología
como el abuso del poder en el proceso jurídico, que lleva a cometer
descalificaciones arbitrarias respecto de la víctima, recriminaciones y
obstaculización a la eficacia del servicio; y en la víctima, al propio
desconocimiento como interlocutor válido con derecho a ser informado y
comprendido. Se concluye que existe una excesiva burocratización del sistema,
que provoca lentitud y demora de los procesos.
Palabras clave:
Procedimiento;
Investigación criminal; victimización secundaria; familia; asesinato.
Abstract
The objective of this research was to determine the
effects of the procedure in criminal investigation, regarding secondary
victimization in family members of victims of murder crimes. Methodologically,
it was mixed, exploratory and non-experimental in design. The technique for
data collection was the survey with the interview instrument, applied to the
population of 68 public prison officials and 3 family members who were
secondary victims. The results revealed that the judicial process is a scenario
of secondary victimization, a phenomenon typified by victimology
as the abuse of power in the legal process, which leads to arbitrary
disqualifications regarding the victim, recriminations and obstacles to the
effectiveness of the service; and in the victim, the lack of knowledge as a
valid interlocutor with the right to be informed and understood. It is
concluded that there is excessive bureaucratization of the system, which causes
slowness and delay in processes.
Keywords:
Procedure; investigation criminal;
secondary victimization; family; murder.
RESUMO
O objetivo desta pesquisa foi determinar os efeitos do
procedimento na investigação criminal, no que diz respeito à vitimização
secundária em familiares de vítimas de crimes de homicídio. Metodologicamente,
tratou-se de um desenho misto do tipo exploratório e não experimental. A
técnica de coleta de dados foi a pesquisa com instrumento de entrevista,
aplicada à população de 68 agentes penitenciários públicos e 3
familiares que foram vítimas secundárias. Os resultados revelaram que o
processo judicial é um cenário de vitimização secundária, fenômeno tipificado pela
vitimologia como o abuso de poder no processo
judicial, que leva a desqualificações arbitrárias em relação à vítima,
recriminações e obstáculos à eficácia do serviço; e na vítima, a falta de
conhecimento como interlocutor válido com direito a ser informado e
compreendido. Conclui-se que há uma burocratização excessiva do sistema, o que
provoca lentidão e atraso nos processos.
Palavras-chave:
Atitude; feminicídio;
fatores de risco; apoio social; funcionarios.
INTRODUCCIÓN
En la evolución del
derecho y de la pena se ha notado el desinterés por la víctima, a tal grado que
se afirmó que el error de la criminología es estudiar solamente al delincuente,
olvidando que este y su víctima son dos partes que interaccionan dentro de un
mismo problema. Cotidianamente se ve y escucha en los diferentes medios de
comunicación, sobre casos de delincuencia que evidencian el incremento de la
inseguridad ciudadana, ante ello la sociedad genera una primera impresión
siempre centralizada en el autor material del delito o en el delincuente antes
que en la víctima.
Conforme a lo que afirma
Villegas (2005)
Lo que los estudiosos de
derecho no han notado o no han querido entender, es que la víctima con su
denuncia, da a conocer el delito y tan solo por este motivo evita nuevas
víctimas, con lo cual viene siendo una parte esencial dentro del proceso, lugar
que no se le ha dado o no se le ha querido reconocer. Una de las muchas
preguntas que existen en torno a ello, es ¿En Bolivia tenemos la cultura y
preparación suficiente para tener un procedimiento de justicia, enfocado o
equilibrado en la víctima; y sobre todo, la capacidad para brindarle a la
víctima la ayuda necesaria y suficiente? la respuesta sería muy desalentadora
(p.2)
En ese sentido la
víctima además de haber soportado el hecho delictivo, siente con frecuencia un
menoscabo en sus derechos, mientras que el procedimiento penal tiene un
carácter victimizador pues el aparato estatal en
razón a la causa en que aquélla se ve afectada, agrega un valor negativo a la
situación que debe de soportar.
Cuando se comete un
delito de asesinato y la víctima recurre a la autoridad persecutora del delito,
existe una total carencia de tacto y la única preocupación de ésta parece ser
la de capturar al responsable o presuntos responsables, mientras que la víctima
no recibe la información suficiente respecto de sus derechos, ni de su
situación jurídica que le oriente a darse cuenta en la situación procesal en la
que se encuentra. No es contenida en sus emociones y llega a recibir un trato que
la hace sentir en total indefensión, lo que le significa profundizar en el daño
ocasionado. Ya por la comisión del delito los administradores del sistema
procesal, quienes son los que aplican las políticas criminales le reafirman sus
condiciones de desamparo e inseguridad, dificultándole la elaboración del duelo
y reafirmando así su sello de víctima.
En consecuencia, todo
parece indicar que el enfoque de la autoridad que aplica justicia se orienta,
en no resarcir el daño causado a la víctima, sino simplemente en poner al
delincuente a disposición de la autoridad jurisdiccional, a sabiendas de que la
ley faculta a la autoridad para exigir al autor del delito una inmediata
reparación del daño causado conforme a Ley.
En relación a la
normativa jurídica de Bolivia, se evidenció que: No existe una política
criminal clara en ese sentido. Este desmesurado afán de tratar de solucionar
los problemas a través de las leyes y buscar la fórmula en el derecho penal,
ocasiona un verdadero caos en la administración de la justicia (Villamor, 2008).
La aprobación y puesta
en vigor de un nuevo Código de Procedimiento Penal en Bolivia, ha perforado, de
alguna manera, el Código Penal con instituciones como la suspensión penal del
proceso, el procedimiento abreviado, el perdón judicial, la suspensión
condicional de la pena, la prescripción de la acción. Se ha dado un
salvoconducto para la impunidad dejando en plena indefensión a la víctima del
delito (s/p)
Es evidente que el nuevo
sistema procesal penal de nuestro país dirige únicamente la mirada protectora
hacia el Imputado, reconociéndole todos sus derechos, nombrándole además un
abogado defensor y se olvidó plenamente de la persona que ha sido agraviada,
pasando así la víctima a un segundo o tercer plano, quedando sin protección
alguna, sin contar con políticas y medidas inmediatas de defensa de sus
derechos constitucionales, como tampoco logra la reparación del daño sufrido.
Es urgente y necesario darse cuenta que la víctima de un delito precisa recibir
atención oportuna, protección inmediata en resguardo de sus derechos
constitucionales y que su paso por la administración de la justicia le procure
lo que tanto anhela: Justicia.
Investigar sobre el rol
de la víctima frente al sistema de justicia permitió conocer y comprender el
gran impacto que genera en las personas las acciones desarrolladas para el
restablecimiento de derechos, debido lamentablemente a que todas las
situaciones que causan una victimización secundaria, significan en muchos
casos, un daño igual o mayor al provocado por la propia experiencia de la
victimización primaria.
La investigación sobre
el rol de la víctima frente al sistema de justicia, contribuyó a conocer y
comprender el impacto que genera en estas personas las acciones que debieron
enfrentar, en el proceso de restablecimiento de sus derechos, justicia,
principalmente considerando la muerte de familiares muy cercanos en situaciones
violentas. Hasta hace algún tiempo el rol de víctima dentro del contexto
judicial era invisibilizado, por lo que la tesis de
reparación de daños y perjuicios no estaba inmersa en el proceso jurídico, ni
siquiera era considerado objeto de estudio y de debate en investigaciones. Fue
entonces cuando surgió el interés de analizar el recorrido que hacen los
familiares al perder a un ser querido por causa de la comisión de un delito, e
identificar los efectos del procedimiento en la investigación criminal como
consecuencia de todo ese peregrinaje; es decir, la inadecuada atención una vez
que entran en contacto con el sistema de Justicia.
La justicia como un
servicio público del Estado, debe impartirse y funcionar eficientemente, los
órganos jurisdiccionales encargados de administrarla tienen la obligación no
sólo de aplicar la ley, sino de resolver el conflicto sometido a su conocimiento
aplicando las diferentes fuentes del derecho, entre ellas la constitución,
tratados internacionales y principios generales; a fin de que la solución que
se otorgue a lo justiciable sea la más satisfactoria y justa posible. Sin
embargo, esto no siempre se cumple, pues la vivencia misma de los familiares
quienes procuran encontrar justicia por un delito cometido, refleja una
realidad totalmente diferente a lo que se estipula en la teoría.
Es aquí donde el tema de
la victimización secundaria cobra sentido, pues perder a un ser querido desde
el punto de vista jurídico, convierte a los familiares en víctimas, sin embargo
el inicio de una investigación, su continuación conforme a las etapas
estipuladas en el Código de Procedimiento Penal y culminar con una sentencia
condenatoria constituye el inicio de un camino largo, doloroso y frustrante;
donde la víctima sigue siendo victimizada y el probable autor es quien
jurídicamente tiene más derechos y mayores garantías constitucionales.
Esta investigación centró
su estudio en determinar los efectos del procedimiento de la investigación
criminal en torno a la victimización secundaria en familiares de víctimas de
asesinato, pues más allá de la carga emocional y el propio duelo que afrontan
las víctimas o los familiares, todavía queda un largo camino que se tiene que
recorrer con todo lo que el proceso de investigación conlleva, sobre todo a
nivel emocional. En ese sentido el trabajo presente se efectuó bajo una
delimitación espacial que considera a la ciudad de La Paz, ya que es ahí donde
se encuentran los órganos jurisdiccionales más representativos de Bolivia,
cuando se habla de administración de justicia, ellos son: Tribunal
Departamental de Justicia, Ministerio Público: Fiscalía Especializada de
Delitos Contra la Vida y Defensoría del Pueblo.
Bajo esa perspectiva el
objetivo de la investigación presente fue determinar los efectos del
procedimiento en la investigación criminal, en torno a la victimización
secundaria en familiares de víctimas de delitos de asesinato.
Se justifica, ya que la
investigación se realizó desde una postura psicológica y jurídica, partiendo
desde la descripción del procedimiento de la investigación criminal conforme al
Código de Procedimiento Penal.
Por tratarse de un tema
poco estudiado este trabajo se convirtió en un medio de consulta para
estudiantes y profesionales estudiosos interesados en abrir su espectro de la
realidad, enfocado a dar un tratamiento más humano a la víctima. Por ser este
un tema novedoso sirvió como antecedente para futuros estudios sobre la
temática. El avance en el estudio de la víctima permitió su mejor conocimiento,
consideración y amparo, reconociéndoseles por fin los derechos humanos
inherentes a su condición de víctima.
ORIENTACIÓN TEÓRICA
Se hizo
una revisión exponiendo aquellos enfoques teóricos que se consideran válidos
para un correcto encuadre del estudio; es decir, los efectos de los
procedimientos de investigación criminal entorno a la victimización secundaria
en familiares de víctimas de asesinato.
Victimología
Se define como una
ciencia multidisciplinaria que se ocupa del conocimiento relativo a los
procesos de victimación y desvictimación.
Concierne a la victimología el estudio del modo en
que una persona deviene víctima, de las diversas dimensiones de la victimación (primaria, secundaria y terciaria) y de las
estrategias de prevención y reducción de la misma, así como del conjunto de
respuestas sociales, jurídicas y asistenciales, tendientes a la reparación y
reintegración social de la víctima (Sánchez 2015).
Tipos de víctima
Según Mendelsohn (1981) La clasificación se hizo de la forma
siguiente:
1- Víctima completamente
inocente o ideal. Es la que no ha hecho nada para desencadenar la situación
criminal en la que resultó lesionado o afectado. 2- Víctima de culpabilidad
menor o víctima por ignorancia. En este caso se presente una circunstancia no
voluntaria al delito. La víctima por un acto de poca reflexión provoca su
propia victimización. 3- Víctima tan culpable como el infractor o víctima voluntaria.
Se presente en los casos de homicidio por piedad, donde la víctima como el
victimario son copartícipes del hecho donde va a resultado muerto el afectado
por la enfermedad incurable o discapacitado grave. 4- La víctima más culpable o
víctima únicamente culpable. La víctima por imprudencia, el que determina la
comisión del hecho punible por su falta de cuidado. También aquella que resulta
afectada cuando busca lesionar a otro y este se defiende en legítima defensa
causando la muerte al primer agresor.
Victimización
Es entendida como los
efectos psicosociales inducidos sobre la víctima y su entorno social por los
eventos interpersonales y sociales tipificados penalmente como delitos, de este
modo la dificultad en definir el concepto de víctima le genera tres problemas
al de victimización: el requerimiento del marco legal de la victimización, la
propia experiencia de la victimización y la naturaleza del objeto victimizado
“el delito es una creación social y su universo de interés se expande y contrae
con el paso o aplicación de las leyes criminales y el cambio en las líneas
políticas” (Gonzáles et al., 2011).
Victimización secundaria
En palabras de
Gutiérrez, et al. (2009) se tiene claro que varios autores coinciden en definir
la victimización secundaria como:
Las consecuencias
psicológicas, sociales, jurídicas y económicas negativas que dejan las
relaciones de la víctima con el sistema jurídico penal, supone, un choque
frustrante entre las legítimas expectativas de la víctima y la realidad
institucional, involucrando una pérdida de comprensión a cerca del sufrimiento
psicológico y físico que ha causado el hecho delictivo, dejándolas desoladas e
inseguras y generando una pérdida de fe en la habilidad de la comunidad, los
profesionales y las instituciones para dar respuesta a las necesidades de las
mismas (pp. 45-48)
Así mismo, se entiende
como una segunda experiencia victimal a la que
resulta con alguna frecuencia siendo más negativa que la primaria, y puede
llevar a incrementar el daño causado por el delito con otros de dimensión
psicológica o patrimonial (Berrill et al., 1992; Beristain, 1995, 1999; ONU, 1999)
Para Palacio (2001) la
victimización secundaria se refiere a un proceso a través del cual, el sujeto
ha provocado la victimización primaria es victimizado por las instancias de
control social formal (como las prisiones)
Según Beristain (1999) la victimización secundaria hace
referencia a la mala o inadecuada atención que recibe la víctima una vez entra
en contacto con el sistema de justicia. De similar modo, autores como Montada
(1991; 1994) y Albarrán (2003) consideran que la victimización secundaria es
una reacción social negativa generada como consecuencia de la victimización
primaria, donde la víctima reexperimenta una nueva
violación a sus derechos legítimos, cuando la policía, las instituciones
sociales y gubernamentales intervienen con el fin de reparar la situación de la
víctima, a nivel económico, social, físico y psicológico. Así mismo, Berril, et al. (1992) añaden que este tipo de victimizaciones
ocurren cuando los otros (que no han sido víctimas) responden de forma negativa
a las víctimas, por su condición sexual, racial, étnica o religiosa.
Para Albertin
(2006) la victimización secundaria se deriva de las relaciones entre la víctima
y las instituciones sociales (servicios sociales, sanitarios, medios de
comunicación, jurídicos, etc.)
La victimización
secundaria en este último sentido no solo ocurre como consecuencia directa de
la actuación criminal, sino también a través de la respuesta de instituciones e
individuos particulares en la atención que se les brinda a estas. Comprende la
negación de los derechos de las víctimas, especialmente por condiciones de
género o sexual, cultura, raza, etnia, edad, entre otros, así mismo involucra la
negación del reconocimiento de la experiencia particular frente al hecho
delictivo (Campbell, 2005; Albarrán, 2003 y ONU, 1985; 1999)
Es así que con el repaso
de las diferentes fuentes teóricas se consideró que la victimización secundaria
recibe varios nombres: a) Victimización criminal, b) Desviación derivada, c) Revictimización, d) Doble victimización que incluye la mala
intervención psicológica terapéutica o médica, que brindan profesionales
inescrupulosos y mal entrenados para atender situaciones que revisten
características particulares (Rozanski, 2003)
Delito
Hacer referencia al
delito, se trata de una conducta contraria a la ley. La palabra delito, deriva
de supino delictum del verbo delinquere,
a su vez compuesto de linquere, dejar y el prefijo de,
en la connotación peyorativa, se toma como linquere viam o rectam viam:
dejar o abandonar el buen camino. El delito es toda conducta descrita por la
ley penal cuya consecuencia es la pena o las medidas preventivas o represivas (Villamor, 2008).
Delincuente
Desde el punto de vista
jurídico es el autor de una infracción, es decir, de cualquier acto previsto y
castigado por la ley penal y que puede ser objeto de una investigación en este
campo. Es el sujeto activo del ilícito penal, es quién comete el delito o
crimen en un momento y en un lugar determinado. El concepto de delincuente ha
ido cambiando según variaba el concepto de delito y la ley penal, estando ambas
directamente relacionadas con las estructuras sociales y la política criminal
de cada momento.
Muerte
La muerte forma parte de
la vida de las personas, se conoce a la muerte como cesación de la vida, se
origina como consecuencia de la imposibilidad orgánica de mantener el proceso
homeostático. Establecer el origen etimológico de la palabra muerte lleva al
latín, procede del vocablo latino mors, mortis que es
el que daría lugar con el paso del tiempo al verbo morir.
Definir la muerte
resulta mucho más difícil de lo que uno se imagina, ya que implica diversos
ámbitos: biológico, médico, legal, social, religioso etc. los cuales se
encuentran entrelazados de una forma compleja, no obstante, cada cual intenta
darle un sentido desde su propia perspectiva. Dentro de una definición
genérica, aceptada entre la comunidad médica y jurídica, se define a la muerte
como el cese definitivo e irreversible de las funciones vitales: respiratoria,
cardiovascular y nerviosa (Carvajal, 2014)
Homicidio
La palabra homicidio se
deriva del latín “Homicidium” que se descompone en
dos voces, homo = hombre y caedere = matar. Por
tanto, el homicidio es la muerte causada a una persona por otra.
Garantías de la víctima
El Art. 121 de la
Constitución Política del Estado señala que:
La víctima en un proceso
penal podrá intervenir de acuerdo con la ley, y tendrá derecho a ser oída antes
de cada decisión judicial. En caso de no contar con los recursos económicos
necesarios, deberá ser asistida gratuitamente por una abogada o abogado
asignado por el Estado (2009)
La víctima para
participar en el proceso penal no requiere constituirse en parte, es decir, no
es necesario que presente su querella en los diferentes actos procesales,
porque la Constitución y el Código de Procedimiento Penal, le otorgan el
derecho de ser oída antes de cualquier decisión judicial.
Etapas del proceso penal
Las etapas del proceso
penal, desde el código de procedimiento penal, se desarrolla en cuatro. 1) La
etapa preparatoria, 2) La de juicio oral público, 3) La etapa de interposición
de recursos y 4) La etapa de la ejecución penal. Sin embargo cabe decir que el
procedimiento penal -el código- en realidad no establece de manera manifiesta
la fase preliminar de la investigación sin embargo la sentencia constitucional
1036 - 2002 R del 2 de agosto del año 2002, realiza una amplia interpretación
del contenido del código de procedimiento penal y de manera explícita establece
que la etapa preparatoria, se va a dividir en tres fases: a) La fase de los
actos iniciales, b) La fase del desarrollo de la etapa preparatoria misma y c)
la fase de la conclusión de la etapa preparatoria.
MÉTODO
El paradigma fue postpositivista con un enfoque mixto puesto que se hizo
interpretación del comportamiento de la variable independiente, efectos del
procedimiento de la investigación criminal en la denominación conceptual:
conjunto de acciones resultantes que desarrollan las autoridades pertinentes
con relación al delito de asesinato; en las dos dimensiones, a) manifestación
sobre victimización secundaria y b) identificación de victimización secundaria
generado por los actos procesales en delitos de asesinato (Entrevista a los
funcionarios públicos).
Y la variable
dependiente, victimización secundaria en familiares de víctimas de asesinato en
la denominación conceptual: daño o perjuicio adicional derivados del delito de
asesinato que se juzga, debido al mal funcionamiento del sistema de justicia;
en la dimensión: identificación de victimización secundaria que viven los
familiares por delitos de asesinato (entrevista a familiares del asesinado).
El
diseño fue no experimental ya que los involucrados opinaron más no fueron un
grupo control. El tipo fue exploratorio por ser un trabajo único que
imposibilitó el encuentro con referentes para establecer alguna discusión con
efectos comparativos; solo se examinó detalladamente conceptos y los resultados
de la encuesta tipo entrevista. La población fue del ámbito penitenciario,
estuvo conformada por sesenta y ocho (68) agentes institucionales (abogado
defensor, fiscal, Juez de instrucción o sentencia en lo penal, perito, policía
investigador y el defensor público) y tres (3) familiares que fueron víctimas
secundarias.
RESULTADOS
Tabla 1.
Operacionalización de variables
Variables |
Denominación conceptual |
Dimensión |
Indicador de medición |
Instrumentos |
||||
VI: Efectos del |
Conjunto de |
Manifestación |
Exclusión de la víctima |
Encuesta a: |
||||
procedimiento |
acciones resultantes |
sobre |
Trato inadecuado |
1) Abogado |
||||
de la |
que desarrollan |
victimización |
Declaraciones reiteradas |
defensor |
||||
investigación |
las autoridades relación al delito de |
secundaria |
Intervenciones no especializadas Reacción negativa |
2)
Fiscal 3)
Juez de instrucción o |
||||
|
asesinato |
|
Excesiva burocratización del sistema |
sentencia en lo penal |
||||
|
|
|
Contacto con el presunto autor |
4) Perito |
||||
|
|
|
Falta de un entorno
de protección hacia
la |
5) Policía |
||||
|
|
|
víctima y familiares |
investigador |
||||
|
|
|
Uso de excesivos tecnicismos jurídicos |
(FELCC) |
||||
|
|
|
Desconocimiento de los roles |
6) Funcionario |
||||
|
|
|
profesionales |
de la |
||||
|
|
|
Incomprensión de los operadores de |
Defensoría del |
||||
|
|
|
justicia |
Pueblo |
||||
|
|
Identificación |
Mayor medida la victimización secundaria |
Encuesta a: |
||||
de |
Momento la victimización secundaria |
1) Abogado |
||||||
victimización |
Mayor efecto de la victimización |
defensor |
||||||
secundaria |
secundaria |
2) Fiscal |
||||||
generado |
Factor que contribuye al fenómeno de la |
3) Juez de |
||||||
por los actos |
victimización secundaria |
instrucción o |
||||||
procesales |
Ineficiencia judicial como elemento |
sentencia en lo |
||||||
en delitos de |
favorecedor de victimización secundaria |
penal |
||||||
asesinato |
Fines del proceso penal
generadores de |
4)
Perito 5)
Policía |
||||||
|
Probabilidad de inocencia y de autoría |
investigador |
||||||
|
como factor de victimización secundaria |
(FELCC) |
||||||
|
Falta de información a la víctima |
6) Funcionario |
||||||
|
Prioridad a la búsqueda de la verdad |
de la |
||||||
|
histórica |
Defensoría del |
||||||
|
Inadecuados procedimientos de atención |
Pueblo |
||||||
Variables |
Denominación conceptual |
Dimensión |
Indicador de medición |
Instrumentos |
|
|||
VD: Victimización secundaria
de familiares de víctimas de asesinato. |
Daño o un perjuicio adicional a los daños derivados del delito de asesinato que se juzga, debido a un mal funcionamiento del sistema de Justicia. |
Identificación de
victimización secundaria que
viven los familiares por delitos de asesinato. |
Grado de información a las
víctimas de asesinato Grado de términos técnicos
utilizados Tipo de colaboración recibida Tipo de trato recibido Percepción del nivel de comprensión de la victima Presencia de burocracia en la investigación criminal Presencia de reiteradas
declaraciones Existencia de contacto directo
con el presunto autor del delito Acompañamiento de la víctima
en las etapas
de la investigación Percepción de justicia para
la víctima |
Estudios de caso Entrevista
a familiares de asesinato |
|
|||
Fuente: Elaboración propia
Para estos efectos solo se extrajeron de la tesis original
algunos resultados, que por su contenido, se convierten en prolegómenos del
sentido general de la conceptualización de la investigación.
De la variable independiente (vi) efectos del procedimiento de
la investigación criminal en la denominación conceptual: conjunto de acciones
resultantes que desarrollan las autoridades pertinentes con relación al delito
de asesinato y sus dimensiones a, b y c.
Dimensión
a) manifestación sobre victimización secundaria: Trato inadecuado, Falta de un
entorno de protección hacia la víctima y familiares.
Tabla 2.
Operacionalización de variables
|
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Porcentaje válido |
Porcentaje acumulado |
Válido |
Muy de acuerdo |
31 |
45.6 |
45.6 |
45.6 |
|
De acuerdo |
36 |
52.9 |
52.9 |
98.5 |
|
Ni de acuerdo, ni en desacuerdo |
1 |
1.5 |
1.5 |
100.0 |
|
Total |
68 |
100.0 |
100.0 |
|
Fuente: Elaboración propia.
La tabla 2 indicó que el 45,6% de los profesionales encuestados
afirmaron estar muy de acuerdo y el 52,9% afirmó que están de acuerdo con que
es frecuente el trato inadecuado de la víctima en un proceso penal por parte de
los actores que participan de la investigación criminal. Un pequeño porcentaje
1 de 68 profesionales encuestados manifestó cierta duda.
El
trato inadecuado se presentó por diferentes razones; una de ellas fue la
excesiva carga procesal y otra se la poca empatía que muestran diferentes
actores judiciales que participaron del proceso. Es común ver en los estrados
judiciales que las partes interesadas “víctimas” no accedieron a la información
del proceso: cuaderno de investigación, cuaderno de control jurisdiccional y
otros actuados por falta de la presencia del abogado defensor, por la
inasistencia de algún funcionario de juzgado o por motivos vinculados a la
carga laboral. Misma variable (vi) en la dimensión b) Inadecuados
procedimientos de atención a las víctimas.
Tabla 3.
Es normal la falta de un entorno de protección para la víctima
de un delito de asesinato
|
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Porcentaje válido |
Porcentaje acumulado |
Válido |
Muy de acuerdo |
34 |
50.0 |
50.0 |
50.0 |
|
De acuerdo |
33 |
48.5 |
48.5 |
98.5 |
|
Ni de acuerdo, ni en desacuerdo |
1 |
1.5 |
1.5 |
100.0 |
|
Total |
68 |
100.0 |
100.0 |
|
Fuente: Elaboración propia.
La tabla 3 indicó que un 50% de las personas encuestadas
afirmaron estar muy de acuerdo, reforzado por el 48,5% que indicó estar de
acuerdo. Un pequeño porcentaje 1,5% es decir 1 de 68 personas manifiestan poca
seguridad, pero está claro que el resultado fue contundente.
Bajo estos datos se aseveró que en la investigación criminal
existe una falta de protección para la víctima de un delito de asesinato. Este
fue otro efecto del procedimiento en la investigación criminal en torno a la
victimización secundaria.
Al respecto fue necesario considerar que a las víctimas en
general se les trata como objetos de prueba o se les reserva un papel
insignificante, lamentablemente al efectuar “la notitia
criminis” y en el mejor de los casos se les permite
asumir el rol de parte, solicitando una indemnización si es que logran arribar
al estado superior del juicio.
Por lo tanto, fue normal la falta de un entorno de protección
hacia la víctima de un delito de asesinato, ya que los Fiscales y Policías no
velan y cumplen su trabajo con responsabilidad en algunos casos, es decir; la
víctima es vulnerada en sus derechos fundamentales como persona, por lo tanto,
también son vulneradas sus garantías constitucionales, reconocidas en la
Constitución Política del Estado.
Misma
variable (vi) en la dimensión c) en los indicadores de medición: Grado de
información a las víctimas de asesinato y tipo de trato recibido.
Tabla 4.
Operacionalización de variables
|
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Porcentaje válido |
Porcentaje acumulado |
Válido |
Si |
50 |
73.5 |
73.5 |
73.5 |
|
No |
16 |
23.5 |
23.5 |
97.1 |
|
No se/ no contesto |
2 |
2.9 |
2.9 |
100.0 |
|
Total |
68 |
100.0 |
100.0 |
|
Fuente: Elaboración propia.
En la tabla 4, los
resultados revelan que el 73,5% de las respuestas indicaron un “sí”, mientras
que el 23,5% no estuvo de acuerdo y el 2,9% restante no proporcionó una
respuesta. Si bien estos resultados pueden considerarse parciales, es
importante señalar que en algunos casos, el factor de la información no fue
influyente. Sin embargo, como se ha observado en otros estudios sobre el ámbito
judicial, se encontraron condiciones que apuntan a la existencia de un ambiente
de maltrato y victimización secundaria.
La mayoría de los especialistas consultados afirmaron que es
correcta la apreciación o valoración, respecto a la falta de información que
influye para que se desarrolle un ambiente de maltrato y victimización
secundaria en un ámbito judicial. Por ejemplo: es común que los tiempos
procesales no se cumplan en la práctica, a pesar de que está claramente
establecido en la normativa que la duración máxima del proceso conforme al
Artículo 133º: Todo proceso tendrá una duración máxima de tres años, contados desde
el primer acto del procedimiento, salvo el caso de rebeldía.
Ante ello, las víctimas no son informadas del proceso a seguir y
el escaso conocimiento de los plazos procesales que pudiesen tener. Ello hace
que estas se encuentren en una gran desventaja, pues a quien comete el delito
se le leen los derechos fundamentales y el Estado le paga un abogado de oficio,
constituyéndose obviamente en un gran desacierto en relación al proceso y un
elemento más que ahonda la victimización secundaria, precisamente por la
desigualdad de condiciones procesales.
Por
otro lado, la víctima sólo es vista como un objeto únicamente útil como fuente
de información que está sometida a prolongados tiempos de espera, en sitios
incómodos en los juzgados donde está sujeta a un excesivo número de
investigadores que la interrogan, dándole a cada uno su versión de los hechos.
Tabla 5.
Deficiencia en las respuestas institucionales debido a los
inadecuados procedimientos de atención que se realizan, situación que genera
victimización secundaria
|
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Porcentaje válido |
Porcentaje acumulado |
Válido |
Si |
63 |
92.6 |
92.6 |
92.6 |
|
No |
5 |
7.4 |
7.4 |
100.0 |
|
Total |
68 |
100.0 |
100.0 |
|
Fuente: Elaboración propia.
En la tabla 5, los resultados indican que un 92,6% de
profesionales optan por la respuesta “sí” ante la denuncia de un delito,
mientras que solo un 7,4% lo negaron. Este aspecto deja entrever que las
respuestas de las instituciones policiales y judiciales ante casos de denuncia,
como el asesinato, suelen ser deficientes. Esto se debe a la falta de
procedimientos adecuados, la tardanza en la justicia, la falta de preparación
de los actores involucrados, como investigadores y policías, y la ausencia de
normas procesales con enfoque en los derechos humanos. Además, existen otros
elementos circunstanciales que hacen que la investigación sea un proceso
extremadamente doloroso y que, en la mayoría de los casos, favorece a los
acusados, prolongando así su duración.
De la variable dependiente (vd)
Identificación de
victimización secundaria generado por los actos procesales en delitos de
asesinato, en los indicadores de medición: Grado de información a las víctimas
de asesinato, Percepción del nivel de comprensión de la víctima, Acompañamiento
de la víctima en las etapas de la investigación y Percepción de justicia para
la víctima.
A continuación, se presenta los hallazgos de las entrevistas que
fueron aplicadas a familiares víctimas de asesinato
¿Considera suficiente la información y/o las explicaciones que
usted ha recibido de los operadores de justicia en relación a la investigación
de su caso?
Es insuficiente, la información que dan los operadores de
justicia no es completa, no es clara.
No es suficiente, es muy difícil siquiera entrar en contacto con
los operadores de justicia, piden que sea el abogado quien vaya a pedir
información, la realidad es que el abogado atiende varios casos y muchas veces
no tiene tiempo.
No lo considero suficiente porque nadie me ha explicado con
calma y paciencia como se debe realizar una investigación, las cosas pasaron
tan rápido que lo único que entiendo es que tengo que tener dinero para todo,
creo que el Estado debería mejorar todo el proceso de investigación.
¿Se siente usted comprendida en la investigación?
No me siento comprendida.
No
No para nada, es lo que menos se tiene a favor de las víctimas
poca o casi nada de comprensión, parece ser que los denunciantes solamente
somos objetos más que sujetos, solo tenemos que hacer recuerdar
al abogado y pedir que no se olvide de la demanda sino las cosas nunca avanzan
y no se hace justicia.
¿Cómo se siente usted ante el contacto directo con el presunto
autor del delito en la etapa investigativa y/o en la etapa de juicio oral?
Muy afectada, porque se revive el dolor de la pérdida del ser
querido y también porque el probable autor tiene más derechos y mayores
garantías, que la víctima que es el familiar.
Mal, porque la sola presencia te recuerda el delito y muchas
veces el probable autor es quien es más altanero y agresivo que la víctima
misma. Lo peor es que de acuerdo a la ley el delincuente pareciera tener más
derechos constitucionales que cualquier otro ciudadano.
Es algo necesario, pero da mucha impotencia ver al autor de un
asesinato como si nada.
DISCUSIÓN
Luego de haber perdido a
una persona muy cercana, un familiar muy querido con una muerte violenta, son
los familiares directos quienes debe emprender el largo recorrido que les permita
esclarecer este ilícito, que repare la vulneración de uno de los derechos
fundamentales: la vida y además que encuentre la sanción y el castigo del o los
responsables de dicho delito; redactado de esta manera y comparado con lo
establecido en la normativa penal está muy claro el procedimiento a seguir, sin
embargo la realidad de lo que sucede en los estrados judiciales es totalmente
contrario a lo establecido, diferente de lo que la gente espera recibir de la
autoridad designada para ello, frustrante para los familiares para quienes se
ahonda aún más el dolor, porque el asesinato de esa persona tan cercana a ti,
muchas de las veces queda en la impunidad.
Una vez que se entra en contacto con la investigación de un
asesinato, el estilo y ritmo de vida de los familiares cambia radicalmente,
muchas veces convirtiendo a estos mismos familiares en investigadores de ese
hecho, pues la impotencia que se vive al ver el escaso avance de la
investigación, que luego de años de no esclarecerse empuja a ser uno mismo quien
busque los elementos que considera necesarios para poder esclarecer el caso, se
convierte también en abogado pues la burocracia y la corrupción muchas veces
conlleva a la traición de aquel profesional que juró defenderte y también se
encuentran aquellos familiares que ante la falta de celeridad han abandonado la
investigación del caso, dejando a un ser Supremo el castigo por el delito
cometido.
CONCLUSIONES
En el proceso penal por asesinato, es común que la víctima
reciba un trato inadecuado. Se puede presentar contacto con el presunto autor
en el juicio oral u otras instancias previas, así como la falta de un entorno
de protección para la víctima. Además, es frecuente que las víctimas sufran de
incomprensión por parte de los operadores jurídicos, así como por parte del
propio sistema, que en algunos casos las ignora por completo.
El trato recibido por parte de las autoridades a familiares que
buscan el cumplimiento de la normativa penal es deplorable, ya que en ocasiones
las víctimas son tratadas como acusados en los interrogatorios, debido a la
falta de preparación, conocimiento y sensibilización de los investigadores y/o
jueces.
Si bien la víctima sólo es vista como un objeto únicamente útil
como fuente de información, es frecuente la falta de información a la víctima
sobre los protocolos y tiempos procesales (especialmente cuando el victimario
no es detenido) esto establece la desinformación respecto del proceso judicial.
Se
logró identificar la victimización secundaria que viven los familiares por
delitos de asesinato, desde la opinión de profesionales y de los familiares
vinculados a la investigación criminal. El Estado a través de sus órganos y
funcionarios judiciales tiene la responsabilidad de participar
preponderantemente en la restauración emocional de la víctima, en la medida en
que trascienda el papel de agente reivindicativo. De lo contrario, el proceso
judicial seguirá siendo un escenario de una victimización secundaria, fenómeno
tipificado por la victimología como el abuso del
poder en el proceso jurídico, que lleva a cometer descalificaciones arbitrarias
respecto de la víctima, recriminaciones y obstaculización a la eficacia del
servicio; y en la víctima al propio desconocimiento como interlocutor válido
con derecho a ser informado y comprendido.
REFERENCIAS
Albarrán,
A. J. (2003) Psicología Forense y Victimología. En:
Urra, J. (2003) Tratado de Psicología Forense. España: Siglo XXI
Albertin, P. (2006) Psicología de la victimización
criminal. En Soria, My Saíz,
D. (.), Psicología Criminal. (coord.). (pp
245-276) España: Pearson Educación
Beristain, A. (1995) Nueva Criminología Desde El
Derecho Penal y la Victimología. España: Tirant Lo
Blanch
Beristain, A. (1999) Criminología y Victimología. Colombia: Leyer
Berrill, K.T., Herek, G. (1992)
Hate Crimes: Confronting Violence Against Lesbians and
Gay Men. California: Sage Publications
Campbell, R. (2005) What Really Happened? A Validation
Study of Rape Survivors‘ Hel-Seeking Experiences with
The Legal and Medical Systems. Violence And Victims, 20 (1) febrero 2005, 55-68
Carvajal,
O. D. R. (2014) Duelo por un Homicidio (Tesis de maestría) Asociación Mexicana
de Educación Continua y a Distancia, A.C. México.
Constitución
Política del Estado Plurinacional de Bolivia de 2009. (2009, 7 de febrero).
Constitución política del Estado [Texto de la Constitución Política del Estado
Plurinacional de Bolivia]. Cochabamba, Bolivia: Imprenta Judicial.
Mendelsohn, B. (1981) La Victimología y las tendencias de la sociedad Contemporánea.
Revista Ilanud, al día. San José, Costa Rica
Montada, L. (1991) Coping with life stress: Injustice and the
question „Who is responsible?“ In: Steensma,
H., and Vermunt, R. (eds.), Social Justice in Human
Relations (Vol. 2), Plenum, New York, pp.9-30
Montada, L. (1994) Injustice in harm and loss. Soc. Justice Res. 7: 5–28
ONU
(1985) Manual de Justicia Sobre el Uso y Aplicación de La Declaración de
Principios Básicos de Justicia para Víctimas de Delito y Abuso de Poder.
Recuperado el 11 de septiembre de 2006, del sitio web de la ONU:
http://www.uncjin.org/Documents/6comm/16s.pdf
ONU (1999) Guide For Police
Maker. Recuperado el 11 de septiembre de 2006. http://www.uncjin.org/ Standards/policy.pdf
Palacio,
M. (2001) Contribuciones de la victimología al
sistema penal. Colombia: Jurídicas Gustavo Ibáñez C. Ltda
Gonzáles,
Ortiz S.; Ramírez, Corredor S.; Molina Vargas S. (2011) Manual de Conocimientos
en Revictimización MCR-ASAJ. Únete a la solución, di
no a la Revictimización
Gutiérrez
De P., Botero, C., Coronel, E. (2009) Imaginarios y marcos valorativos de
funcionarios de justicia sobre víctimas de violación sexual en Cali. Recuperado
el 14 de julio de 2016 http://www.scielo.org.pe/pdf/liber/v15n1/a06v15n1.pdf
Rozanski, C (2003) Abuso sexual infantil ¿Denunciar o silenciar?
Argentina: Argentina S.A.
Sánchez,
J. (2015) Concepto de muerte natural, violenta y sospechosa de criminalidad.
Fenómenos cadavéricos y su evolución
Villamor, L, F. (2008) Derecho Penal Boliviano. Bolivia
Villegas,
J. A. (2005) Historia de la investigación científica de la psicología en Chile
(Vol. I). Santiago de Chile: Universidad Mariano Egaña