ISSN: 2959-6513 - ISSN-L: 2959-6513
Volumen 3 No. 5 / Enero - junio 2023
Páginas 13 – 35
Patrimonio cultural y turismo: Protección legal del “Mundo Perdido” en Ocurí, Potosí
Cultural heritage and tourism: Legal protection of the “Lost World” in Ocurí, Potosí
Patrimônio cultural e turismo: Proteção legal do “Mundo Perdido” em Ocurí, Potosí
Richard Ramírez Mamani
pt.richard.ramirez.m@upds.net.bo
https://orcid.org/0000-0002-7416-2104
Universidad Privada Domingo Savio, Potosí, Bolivia
http://doi.org/10.59659/revistatribunal.v3i5.25
Recibido 23 agosto 2022 / Arbitrado en 10 septiembre 2022 / Aceptado en 25 noviembre 2022 / Publicado 01 enero 2023
Resumen
En la actualidad el patrimonio cultural y el turismo son factores importantes de desarrollo de las localidades, particularmente en el municipio de Ocurí, Potosí. Para esto es necesario que los bienes culturales y naturales tengan medidas legales de protección que garanticen su conservación y difusión. Por ello la presente investigación se planteó como objetivo Proponer un proyecto de ley municipal de declaratoria de patrimonio cultural, tangible, histórico y turístico al atractivo denominado “Mundo Perdido” en el municipio de Ocurí. Para lograrlo se diseñó una investigación de tipo descriptiva dentro del paradigma cuantitativo a través de los dos instrumentos: Cuestionario y entrevista semi estructurada. El primero se aplicó a autoridades, funcionarios municipales y ciudadanos; el segundo a autoridades. Los resultados evidenciaron la necesidad de protección de los patrimonios e impulsar la actividad turística en la zona. En tal sentido, se diseñó el proyecto de ley, el cual contempla cinco (5) secciones: Exposición de motivos, Exposición Normativa, Propuesta de ley municipal, Disposiciones abrogatorias y derogatorias, Disposiciones finales.
Palabras clave: Ley Municipal; Declaratoria; Patrimonio Cultural; Turismo
Abstract
At present, cultural heritage and tourism are important factors in the development of localities, particularly in the municipality of Ocurí, Potosí. For this it is necessary that the cultural and natural assets have legal protection measures to ensure their conservation and dissemination. Therefore, the objective of this research was to propose a municipal law project to declare the attraction called “Mundo Perdido” in the municipality of Ocurí as cultural, tangible, historical and touristic heritage. To achieve this, a descriptive type of research was designed within the quantitative paradigm through two instruments: Questionnaire and semi-structured interview. The first was applied to authorities, municipal officials and citizens; the second to authorities. The results showed the need to protect the heritage and promote tourism in the area. In this sense, the draft law was designed, which contemplates five (5) sections: Explanatory Statement, Normative Statement, Municipal Law Proposal, Abrogating and Repealing Provisions, Final Provisions.
Keywords: Down; Municipal Law; Declaratory; Cultural Heritage; Tourism
Resumo
Atualmente, o patrimônio cultural e o turismo são fatores importantes no desenvolvimento das localidades, especialmente no município de Ocurí, Potosí. Para isso, é necessário que os bens culturais e naturais tenham medidas legais de proteção que garantam sua conservação e divulgação. Por esta razão, o objetivo desta investigação foi propor um projeto de lei municipal para a declaração de patrimônio cultural, material, histórico e turístico para a atração denominada “Mundo Perdido” no município de Ocurí. Para isso, delineou-se uma investigação descritiva dentro do paradigma quantitativo por meio de dois instrumentos: Questionário e entrevista semi-estruturada. O primeiro foi aplicado a autoridades, funcionários municipais e cidadãos; o segundo às autoridades. Os resultados mostraram a necessidade de proteger o patrimônio e promover o turismo na área. Nesse sentido, foi elaborado o Projeto de Lei, que contempla 5 (cinco) seções: Explicação dos motivos, Exposição Normativa, Proposta de Lei Municipal, Disposições Revogatórias e Revogativas, Disposições Finais.
Palavras-chave: Lei Municipal; Declaração; Patrimônio cultural; Turismo
INTRODUCCIÓN
Tras la segunda Guerra Mundial surgieron dos fenómenos muy importantes, el primero fue el interés por crear medidas de protección internacionales y nacionales para los patrimonios culturales y naturales como memoria del mundo. Aunque muchos países ya venían implementando medidas legales para la conservación de los bienes históricos, es en la segunda mitad del siglo XX que se incrementa el entramado de leyes, convenios y acuerdos en pro de la protección de los bienes patrimoniales y que las comunidades locales se beneficien de los mismos. Por otra parte, se masificó la actividad turística, cada vez más, las personas tenían la posibilidad de desplazarse, permanecer y conocer nuevos lugares, generando una dinámica económica importante. Actualmente, para algunos países el turismo representa un porcentaje importante del Producto Interno Bruto y es un factor de desarrollo nacional y local. Pero la actividad turística se desarrolla a partir de patrimonios culturales y turísticos que tengan un estado de conservación adecuados y presenten los servicios necesarios para la recepción de los visitantes.
En tal sentido, Bolivia cuenta con destacados patrimonios culturales y naturales, estos tienen el potencial de ser recursos turísticos atractivos y generadores de un desarrollo sostenible para las personas que habitan en esos lugares. De esta manera, se podría generar un turismo sustentable que garantice su permanencia en el tiempo y resguarde la herencia cultural a las futuras generaciones. En este contexto, el Municipio de Ocurí, como destino turístico ha sufrido una lenta trayectoria de gestión turística, dejando de lado algunos atractivos naturales o históricos en el distrito de Maragua, tal es el caso del denominado “Mundo Perdido”. Este bien se caracteriza por ser una ciudadela de formación litológica, areniscas de edad terciaria con formaciones antropomórficas, calles e iglesias; que amerita ser conservado. Para ello, es necesario la protección legal de estos bienes a través de leyes que establezcan criterios de gestión e impulsen su uso turístico.
Por ello la presente investigación se planteó como objetivo Proponer un proyecto de ley municipal de declaratoria de patrimonio cultural, tangible, histórico y turístico al atractivo denominado “Mundo Perdido” en el municipio de Ocurí. El cual puede promocionar a la la actividad turística en la localidad y contribuir al desarrollo local entorno a este patrimonio cultural y turístico. De esta forma, se planteó como variable dependiente el Desarrollo económico y turístico en el municipio de Ocurí y como variable independiente el Proyecto de ley municipal de declaratoria de patrimonio cultural, tangible, histórico y turístico al atractivo denominado “Mundo Perdido” en el municipio de Ocurí.
En tal sentido, el turismo a escala mundial es categorizado por la Organización Mundial del Turismo (OMT) (2017) como una división importante dentro del comercio internacional de servicios. Ampliando esta definición, la OMT define el turismo como “las actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias en lugares distintos de su residencia habitual, por un periodo de tiempo consecutivo inferior a un año con fines de ocio, de negocios y otros” (OMT, 1994). Esta organización establece que la industria turística ha generado un valor total de 1,4 billones de dólares solo en los E.E.U.U en el año 2016. Asimismo, este grupo de servicios son el 7% de las exportaciones mundiales en cuanto a bienes y servicios, a tal punto que países como Tailandia registren 50,000 millones de dólares de ingresos en el 2016 (OMT, 2017).
Sin embargo, Arias (1997) aclara que el turismo también se representa en una serie de integraciones humanas, por lo tanto, referidas a aspectos como el transporte, hospedaje, diversión y enseñanza; de acuerdo al proceso de desplazamiento, satisfaciendo una variedad de necesidades y deseos humanos que han sido desarrollado a través de las vidas de los visitantes.
Igualmente, tras la pandemia del covid-19 y debido a las necesidades actuales del turismo, organizaciones como el G20 y la OMT han trabajado en cómo se debería desarrollarse el turismo en el mundo actual para su sustentabilidad. Por lo tanto, el G20 en su informe (2021) estableció tres puntos focales dentro de la estrategia del turismo en el 2020: Las personas, el planeta y la prosperidad. Bajo estos enfoques, se desarrollaron medios que procuraran el cuidado de las personas y el planeta, mientras aseguraban una gran recuperación económica de forma inclusiva y sustentable. De acuerdo al plan de políticas desarrolladas esta organización estableció siete áreas a desarrollar: La movilidad segura, el manejo de crisis, la resiliencia, la inclusividad, transformación al sistema ecológico, la transición digital y la infraestructura e inversión.
La visión del turismo ha sido transformada de acuerdo a las necesidades mundiales, nacionales y criterios de sustentabilidad. De acuerdo a la OMT (1998), el turismo sustentable abarcan aquellas actividades turísticas respetuosas con el medio natural, cultural y social, y los valores de una comunidad, que permite disfrutar de un positivo intercambio de experiencias entre residentes y visitantes. En la cual, la relación entre el turista y la comunidad es justa y los beneficios de la actividad es repartida de forma equitativa, y donde los visitantes tienen una actitud verdaderamente participativa en su experiencia de viaje.
Asimismo, el Municipio de Ocurí del Departamento de Potosí, escogido para el presente estudio contiene diversas opciones con relevancia turística. Entre la variedad turística que la provincia ofrece, se encuentra el despliegue cultural a través de sus formaciones litológicas y la danza de Jula Julas, característicos del norte de Potosí, así como el patrimonio natural que se sitúa en la región. A pesar del valor de estos recursos turísticos, muchos de estos aún necesitan pasar por un proceso de promoción, difusión y planificación que los incluya dentro de las rutas de interés turístico a nivel regional y nacional.
Durante el 2016, Bolivia recibió 958.877 visitantes extranjeros, como resultado del desarrollo turístico en el país (Instituto de Estadística (INE), 2021); dicha cantidad logró generar un total de 739 millones de dólares. Específicamente, la región de Potosí fue visitada por 154.918 visitantes, lo cual generó 2.714,4 millones de bolivianos. Sin embargo, durante la pandemia, este número se vio mermado en un 74%. Es importante destacar como este sector en el país debe pasar por un proceso de reestructuración donde se realicen inversiones para mejorar la oferta de servicios ya existente en el área turística.
En búsqueda de una mejora en el turismo el Ministerio de Planificación del Desarrollo (2021) en su Plan de Desarrollo Económico Social 2021 – 2025 contempla el desarrollo de un turismo sustentable en Bolivia; para ello se debe alcanzar un desarrollo integral que promueva el reconocimiento del patrimonio natural, los derechos de la Madre Tierra, las diversas formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa, las manifestaciones plurales políticas y culturales. Por lo tanto, este desarrollo busca la igualdad de condiciones a través de un reconocimiento de las capacidades individuales en sinergia con las capacidades colectivas. Asimismo, dicho plan consolida un modelo económico social comunitario y productivo, el cual busca la maximización de excedentes económicos en los ingresos, mientras se mantiene la redistribución de los recursos. De esta forma, el desarrollo rescata los valores comunitarios que complementan al interés individual, fortaleciendo y dando paso al crecimiento integral de las capacidades y posibilidades de producción en el país.
En tal sentido, Bolivia es un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario. Dentro de este modelo, los territorios que pertenecieron a los Aymara y Quechua en el territorio Nacional constituyen un conjunto de unidades socioculturales con características específicas de acuerdo a su identidad. Debido a estos factores, esta parte del territorio del departamento de Potosí ha tenido mucho valor desde los tiempos coloniales hasta la actualidad (Banco Central de Bolivia y Casa de la Moneda de Potosí, 1999). A su vez, gracias a la importancia de su patrimonio, el turismo de esta provincia crea 754 centros de empleo en el área, siendo una parte esencial de la actividad económica en Potosí. Es por ello, que el presente proyecto de ley se desarrolló en base a las afirmaciones dentro Plan Territorial de Desarrollo Integral para Vivir Bien del Gobierno Autónomo Municipal de Ocurí 2020-2025(GAMLP, 2020). En este documento, el municipio declaró que se planteaba promocionar elementos turísticos dentro del distrito de Maragua.
En este orden de ideas, la presente investigación tuvo la tarea de desarrollar el concepto de comunidad como un elemento crucial de la cultura y del valor patrimonial de esta. De acuerdo a Robertis y Pascal (2007), una comunidad se refiere a un grupo de personas que comparten experiencias, historia y experiencias comunes. En resumen, una comunidad es una relación social que se desarrolla de acuerdo a los sentimientos subjetivos, afectivos y tradicionales de los integrantes para constituir un todo (Weber, 1964). De esta forma, las comunidades se acoplan como organismo de control y gestión social en las cuales los elementos simbólicos y organización social hacen un balance para establecer el sistema comunitario.
Por consiguiente, cuando una comunidad desarrolla la actividad turística esta se ve inmersa en un nuevo modelo llamado turismo comunitario. La ley Nº292 (Ley General del Turismo, 2012) define el turismo comunitario como la relación directa entre el emprendimiento y la comunidad, considerando a los visitantes desde una perspectiva plurinacional e intercultural en el desarrollo de viajes organizados. Esta definición concibe la participación consensuada de los miembros de la comunidad, garantizando el manejo adecuado de los recursos culturales y territoriales, de las naciones y pueblos, para la distribución equitativa de los beneficios generados para el bienestar de todas sus partes.
No obstante, el crecimiento del turismo comunitario también ha llevado a la ampliación de parámetros en cuanto a la participación comunitaria, más allá de los aspectos preconcebidos a lo rural. En otras palabras, las comunidades junto a los turistas se ven involucrados en tareas de corresponsabilidad (Sermant, 2003). La necesidad de esta responsabilidad en las comunidades se establece gracias al cuidado del atractivo turístico que, en muchos casos, no son recursos renovables (SENATUR, 2017).Asimismo, en este proceso de cuidado y planificación turística, el país debe medir el valor de su patrimonio turístico.
Específicamente, este valor se mide a través de diferentes elementos: atractivos turísticos, planta turística, infraestructura y superestructura (MINCETUR, 2007). Estos factores se encuentran intrínsecos en el desarrollo de una propuesta turística junto al desarrollo de los factores patrimoniales de un lugar.
La UNESCO (1972) en el desarrollo de los criterios para determinar el valor de un patrimonio cultural, clasificó en un primer momento únicamente aquellos bienes materiales como arquitectura, obras de arte, fósiles, formaciones rocosas, paisajes, entre otros. Debido a esto, muchos otros componentes que tienen valor cultural quedaban fuera por ser intangible. No es sino hasta el siglo XXI cuando se materializa la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Intangibles (UNESCO, 2003). A través de los años se desarrollaron propuestas que trabajaban otros aspectos y gracias a este avance en la concepción del patrimonio cultural inmaterial, se logró estudiar elementos naturales y culturales (materiales e inmateriales) dentro del patrimonio, logrando establecer productos turísticos que satisfagan plenamente a los visitantes y sus motivaciones turísticas (SENATUR, 2017).
Del mismo modo, el factor económico dentro de la actividad turística es un elemento importante en el desarrollo de los países como Bolivia. De acuerdo a Acerenza (1997), se analiza el turismo en base a la contribución que este hace la economía de un país como una forma de generar divisas. Dicha contribución se ve representada de forma clara cuando a los ingresos generados por este concepto son comparados con los egresos y otros sucesos dentro de la balanza de pagos. debido a los recursos generados, es importante recalcar que los proveedores de servicios pueden satisfacer fácilmente las necesidades de cada grupo al orientar la planificación de los proyectos sobre la infraestructura y servicios turísticos, así como también desarrollar el marketing turístico.
Bajo esta premisa, la presente investigación definió los aspectos que distinguen los tipos de turismo. De acuerdo a la OMT (s.f), el turismo puede tener diferentes clasificaciones de acuerdo a la proveniencia de sus visitantes: turismo emisor (aquel que abarca las actividades realizadas por un visitante residente fuera del país de referencia), turismo internacional, turismo interno, nacional y receptor (Rie, citado por OMT, s.f). De acuerdo a estos tipos de turismo, se crean oportunidades de emprendimientos dentro de las comunidades bajo esquemas como aquellos desarrollados por la WWF International (2001) y OMT en cuanto al desarrollo de población de acuerdo al turismo.
En tal sentido, la idea de los emprendimientos turísticos de base comunitaria fue formulada gracias a la exploración académica del turismo comunitario a finales de los años ochenta (Beaton, citado por Fernández A., 2011). Al principio los estudios académicos exploraron este fenómeno de forma unilateral, es decir, que se enfocaban puramente en los beneficios económicos, sin tomar en cuenta la complejidad del concepto (Rocharungsat, 2008). Por esta parte, Fernández (2011) expresa que autores como Dernoi equiparon esta propuesta con el de turismo alternativo, pensándolo como un grupo de servicios especialmente diseñados desde la comunidad para el bien comunitario del lugar. Asimismo, el objetivo principal de esta modalidad de turismo es establecer una intercomunicación directa y un mutuo entendimiento personal/cultural entre anfitriones e invitados (Pearce, 1992).
Por un lado, Inostroza (2010) detalla que estos emprendimientos de turismo de base comunitario representan sistemas establecidos como parte del turismo rural, a través de diversos servicios turísticos bajo la gestión de las comunidades. Estos emprendimientos empezaron a ser definidos y tomados en cuenta gracias a la Ley General de Turismo “Bolivia Te Espera” (2012). Investigaciones como Ruíz y Solis (2007) han establecido que estos sistemas dentro del área turística han sido una forma de unir tres perspectivas esenciales; las cuales se caracterizan por: la sensibilidad en cuanto al entorno natural y sus particularidades culturales, la búsqueda de la sostenibilidad integral a nivel social y natural y la eficacia al controlar el negocio turístico de forma comunitaria.
De esta forma, Maldonado (2007) concibe los emprendimientos de turismo de base comunitaria como una organización empresarial cuyas bases se encuentran en la propiedad y autogestión de los recursos patrimoniales que se encuentran en la comunidad. Esto permite que se realicen prácticas democráticas y solidarias dentro del campo laboral, como en la distribución de los beneficios generados por la prestación de servicios turísticos. A su vez, Inostroza (2010) aclara que este sistema no sólo tiene como objetivo la participación comunitaria, sino permite lograr que las comunidades desarrollen un grado de autonomía y control directo sobre sus iniciativas turísticas. Sin embargo, organismos externos aún representan figuras influyentes en cuanto a sugerencias que puedan ayudar al turismo dentro de la comunidad.
En consecuencia, este sistema cambia la concepción de lo que debe ser el territorio, tanto de su componente físico como el componente social que manejan los habitantes dentro del lugar. Debido al crecimiento de esta estructura turística, se manejan mejor los recursos existentes, se crean estrategias para proteger el ambiente y crear espacios para el desarrollo social. Por otra parte, este sistema ayuda a las comunidades a tomar conciencia de los efectos que pueden causar las diferentes acciones en el medio ambiente, a la vez que retroalimenta la relación que las personas tienen con estos lugares y su representación simbólica en la cultura local (Inotroza, 2010).
Es importante destacar, la necesidad de un marco legal que garantice la protección y difusión de los bienes patrimoniales. En tal sentido, la presente investigación identificó los principales instrumentos legales del Estado Boliviano, tanto nacional como municipal que envuelve al patrimonio cultural y turístico del país. El primer artículo a analizar es Art. 1 de la Constitución Política del Estado, el cual establece que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país (Constitución Política del Estado, 2009).
En este artículo se reconoce el carácter intercultural de la sociedad boliviana y su diversidad cultural, lo cual implica que el Estado tiene la responsabilidad de proteger las manifestaciones culturales y espacios naturales que son parte relevante de la identidad cultural de la población y su desarrollo.
Por otra parte, se encuentra el Art. 99 de la constitución política, específicamente en el párrafo I, donde se especifica que el patrimonio cultural del pueblo boliviano es “inalienable, inembargable e imprescriptible”. Esta disposición continúa en el párrafo II, donde se señala que el Estado tiene la tarea de garantizar el registro, protección, restauración, recuperación, revitalización, enriquecimiento, promoción y difusión de su patrimonio cultural, de acuerdo con la ley. Bajo estas bases fundamentales, la Constitución Política del Estado aclara que el modelo de desarrollo económico en Bolivia, tomará en cuenta el uso del patrimonio cultural como recurso turístico; pues este se comprende como un elemento como plural y orientado a mejorar la calidad de vida y el “Vivir Bien” de todos los bolivianos.
En cuanto al turismo, dicha constitución afirma que son competencias exclusivas del nivel central del Estado “la promoción de la cultura y conservación del patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible de interés del nivel central del Estado” (Constitución Política del Estado, Art. 298, párrafo II, Inciso 25). Igualmente, bajo el Inciso 37 del mismo párrafo, se instaura que las entidades nacionales se encargaran de emitir las políticas generales de turismo.
Con referencia a los departamentos, dicha constitución señala en su artículo 300, Incisos 18, 19 y 20, que los gobiernos departamentales se encargarán de la promoción y conservación del patrimonio natural departamental, la promoción y conservación de la cultura, patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible departamental y de emitir políticas del turismo departamental.
Del mismo modo, la Constitución Política del Estado determina las competencias de los Gobiernos Municipales Autónomos a través del Art. 302, Incisos 15, 16 y 17, donde establece que los municipios se encargarán de la promoción y conservación del patrimonio natural municipal, promoción y conservación de cultura, patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible municipal y de emitir políticas del turismo local.
De la misma manera, el artículo 304, Párrafo I señala que las autonomías indígenas originarias y campesinas podrán ejercer competencias exclusivas. Entre ellas, según los Incisos 10 y 11, Patrimonio cultural, tangible e intangible, el resguardo, fomento y promoción de sus culturas, arte, identidad, centros arqueológicos, lugares religiosos, culturales y museos y la definición de Políticas de Turismo.
Entre otros artículos considerados relevantes para la presente investigación se encuentra el Art. 306, Párrafo II, aclara que la economía plural está constituida por las formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa. Por otra parte, gracias al párrafo I del artículo 337, se estableció que el turismo es una actividad económica estratégica que deberá desarrollarse de manera sustentable, para lo que tomará en cuenta la riqueza de las culturas y el respeto al medio ambiente. No obstante, en el párrafo II del mismo artículo, se expresa que el Estado es responsable de la promoción y protección al Turismo Comunitario con el objetivo de garantizar el beneficiar a las comunidades urbanas y rurales, las nacionales y pueblos indígenas originario campesinos donde se desarrolla esta actividad.
Por otro lado, se debe tomar en cuenta los tratados y convenios internacionales existentes. Especialmente, el Convenio 169 de la OIT con respecto a sus artículos 13.1, 14.1 y 14.2. El primero artículo (13.1) establece que, los gobiernos al aplicar las disposiciones del convenio deberán respetar la importancia que tienen las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados; reforzar su relación con las tierras o territorios que ocupan o utilizan de alguna otra manera, y en particular los aspectos colectivos de esa relación. El segundo artículo (14.1) señala que se deberá reconocer a los pueblos interesados en el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, se deberá tomar medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. En cuanto al último artículo (14.2) establece que los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección y promoción efectiva de sus derechos de propiedad y posesión.
Seguidamente, se presentan las leyes nacionales que sustentan el estudio. La primera ley que se seleccionó fue la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” (2010), la cual nace como una forma de gestionar los artículos 269 al 305 de la constitución. La misma tiene la labor de formular y ejecutar políticas de protección, conservación, recuperación, custodia y promoción del patrimonio cultural municipal y descolonización, investigación y prácticas de culturas ancestrales de naciones originarias y pueblos indígenas, idiomas del Estado Plurinacional, en el marco de las políticas estatales. Sin embargo, debido al interés de la investigación, también se eligió su numeral 2 que establece que se debe elaborar y desarrollar normativas municipales que ayuden a la declaración, protección, conservación y promoción del patrimonio cultural, histórico, documental, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible a su cargo, dentro de los parámetros establecidos en la Ley del Patrimonio Cultural Boliviano (2014).
Bajo este esquema, otra ley que se tomó en cuenta fue Ley N° 530 del Patrimonio Cultural Boliviano (2014) en su Artículo 4, en su numeral II; el cual define el patrimonio cultural boliviano como “el conjunto de bienes culturales que, como manifestación de la cultura, representan el valor más importante en la conformación de la diversidad cultural del Estado Plurinacional y constituye un elemento clave para el desarrollo integral del país”. Se compone por los significados y valores atribuidos a los bienes y expresiones culturales, inmateriales y materiales, por parte de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas. Así como las comunidades que se autodefinen como urbanas o rurales, migrantes, espirituales o de fe, transmitidos por herencia y establecidos colectivamente. Por consecuencia, estos significados y valores forman parte de la expresión e identidad del Estado Plurinacional de Bolivia. Bajo estas consideraciones, la presente ley define el patrimonio cultural inmaterial como:
Es el conjunto de representaciones, manifestaciones, conocimientos y saberes que las comunidades, grupos e individuos reconocen como parte integral de su identidad. Se trasmite de generación en generación y está vinculado a procesos y técnicas que incluyen instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales y naturales que le son inherentes (Ley N° 530 del Patrimonio Cultural Boliviano, Art. 4, numeral 3, 2014).
Finalmente, las dos últimas leyes que se consideraron en el presente estudio fueron la Ley N° 292, Ley General de Turismo (2012) y Ley N° 482, Ley de Gobiernos Autónomos Municipales (2014). La primera define, en sus artículos 1, 2 y 4, cuales son las políticas generales de turismo en el Estado de Plurinacional de Bolivia, el objeto y objetivos que tiene el turismo en el país y la importancia que juega este en el proceso nacional. La segunda se encarga de regular la estructura de organización y el funcionamiento de los entes de Gobiernos Autónomos Municipales. En tal sentido, el Art. 31 señala que dichos gobiernos tienen la responsabilidad de velar por los Bienes Municipales de Dominio Público, los cuales son “aquellos destinados al uso irrestricto de la comunidad, estos bienes comprenden”, entre esto se encuentran los patrimonios culturales.
MÉTODO
En base a los objetivos planteados en la presente investigación, se ubicó la misma dentro del paradigma cuantitativo siendo de tipo positivista (empírico-analítico). El alcance fue de tipo descriptivo, lo cual permitió comprender la lógica empírica de la situación estudiada, describir y caracterizar el objeto de estudio, campo de acción, conocer las situaciones entorno al patrimonio cultural y turístico del atractivo denominado “Mundo Perdido” en el municipio de Ocurí, Potosí; así como el posterior análisis de la información encontrada y sistematizar los datos de forma estadística sobre los atractivos turísticos locales y sus normativas de protección y promoción.
Para el logro de los objetivos se utilizaron métodos que corresponden a los niveles teórico, empírico y estadístico. En el primero se emplearon métodos para el análisis y síntesis de antecedentes y teorías que proporcionaron la fundamentación de la investigación en cuanto al patrimonio cultural y turístico y su relevancia en el desarrollo de un país. Asimismo, permitió tener una apreciación de algunos criterios de desarrollo económico a través del turismo en el municipio de Ocurí y la recolección y profundización del conocimiento sobre los atractivos turísticos – históricos.
En el nivel empírico los métodos empleados para la recolección de datos fueron relevantes, pues ayudó a ver la situación actual de la situación estudiada, es decir, se pudo mostrar de manera directa la relevancia del patrimonio cultural y turístico del atractivo “Mundo Perdido” en el municipio de Ocurí. Finalmente, los métodos estadísticos permitieron procesar los datos para su interpretación y determinar el diagnóstico; lo cual fue la base para el diseño de la propuesta de ley municipal de declaratoria de patrimonio cultural, tangible, histórico y turístico al atractivo denominado “Mundo Perdido” en el municipio de Ocurí.
Las técnicas utilizadas en la presente investigación permitieron la recolección de información a través de la Encuesta y Entrevista. Para ello se diseñó un cuestionario y una guía de entrevista semi estructurada. El cuestionario se aplicó a las 72 personas que conforman la muestra y la entrevista a 5 autoridades del municipio de Ocurí.
La población participante consta de 72 personas entre las cuales se encuentra 5 autoridades educativas, sindicales, comunales, municipales de la comunidad de Ocurí, 7 abogados de la municipalidad y 60 ciudadanos.
RESULTADOS
En esta sección se presentan los resultados de los instrumentos aplicados, es decir, el cuestionario y la guía de entrevista semi estructurada. El cuestionario estaba constituido por seis (6) preguntas con opciones de respuesta y se aplicó a toda la muestra. Los resultados del cuestionario para las autoridades arrojaron que el 60% no conocen algún tipo de ingreso económico turístico que favorezca al crecimiento del municipio de Ocurí; 60% no conocen algún proyecto de desarrollo local referente al turismo en el Municipio de Ocurí; 100% conocen algún atractivo turístico dentro del municipio de Ocurí; 80% no conocen normativas municipales y/o nacionales sobre la protección y promoción de atractivos turísticos que beneficien al Municipio de Ocurí; 100% es necesario crear planes estratégicos municipales, para un desarrollo económico a través del turismo en el municipio de Ocurí; 60% la comunidad a través de sus autoridades comunales no participa en la elaboración de planes para el desarrollo económico a través del turismo.
Los resultados del cuestionario para los funcionarios municipales arrojaron que el 57% no conocen algún tipo de ingreso económico turístico que favorezca al crecimiento del municipio de Ocurí; 43% no conocen algún proyecto de desarrollo local referente al turismo en el Municipio de Ocurí; 57% no conocen algún atractivo turístico dentro del municipio de Ocurí; 57% no conocen normativas municipales y/o nacionales sobre la protección y promoción de atractivos turísticos que beneficien al Municipio de Ocurí; 86% es necesario crear planes estratégicos municipales, para un desarrollo económico a través del turismo en el municipio de Ocurí; 71% la comunidad a través de sus autoridades comunales no participa en la elaboración de planes para el desarrollo económico a través del turismo.
Los resultados del cuestionario para los ciudadanos arrojaron que el 90% no conocen algún tipo de ingreso económico turístico que favorezca al crecimiento del municipio de Ocurí; 95% no conocen algún proyecto de desarrollo local referente al turismo en el Municipio de Ocurí; 75% conocen algún atractivo turístico dentro del municipio de Ocurí; 90% no conocen normativas municipales y/o nacionales sobre la protección y promoción de atractivos turísticos que beneficien al Municipio de Ocurí; 95% es necesario crear planes estratégicos municipales, para un desarrollo económico a través del turismo en el municipio de Ocurí; 80% la comunidad a través de sus autoridades comunales no participa en la elaboración de planes para el desarrollo económico a través del turismo.
Seguidamente, los resultados de la entrevista semi estructurada a las autoridades municipales de Ocurí arrojaron como resultado que las principales fuentes de ingreso económico del Municipio de Ocurí es principalmente la actividad agropecuaria, seguida por la minería, según los entrevistados. Asimismo, en cuanto a proyectos de desarrollo local referentes al turismo con mayor impacto, la mayoría de los entrevistados señalaron que no ha habido todavía algún proyecto, pero sería bueno crear un proyecto para así hacer crecer y que todos conozcan el municipio. En cuanto a los atractivos turísticos de la localidad todos señalaron el Mundo Perdido entre los sitios principales de valor turístico. Sobre las normativas municipales conoce sobre la protección y promoción de atractivos turísticos señalan que hay pocas leyes que respalden los sitios de valor turístico y patrimonial. Con relación a planes estratégicos municipales para el desarrollo del turismo los participantes indicaron que no sea ha trabajado todavía sobre un plan estratégico municipal en esa área y admiten el compromiso de las autoridades en hacerlo. Otro aspecto de la entrevista fue la participación de la comunidad en la elaboración de planes para el desarrollo económico; en cuanto a este aspecto los entrevistados indicaron que se hace una convocatoria o ampliado. Este consiste en reunir todas las comunidades pertenecientes al municipio de Ocurí a través de sus autoridades comunales o sindicatos, los cuales participan durante dos o más días y aportan ideas en beneficio de su localidad.
De acuerdo a los datos recopilados y analizados en el cuestionario y las entrevistas sobre el estado actual del atractivo turístico denominado Mundo Perdido en el municipio de Ocurí, Potosí; se puede diagnosticar que, aunque en su gran mayoría reconocen el valor patrimonial del Mundo Perdido, no existe un proyecto de ley municipal de declaratoria de patrimonio cultural, tangible, histórico y turístico. Igualmente, se evidenció la necesidad de que este atractivo turístico se articule en los planes de desarrollo económico social del municipio.
DISCUSIÓN
De acuerdo al objetivo planteado en la investigación, el cual es Proponer un proyecto de ley municipal de declaratoria de patrimonio cultural, tangible, histórico y turístico al atractivo denominado “Mundo Perdido” en el municipio de Ocurí y dado los resultados obtenidos a partir de los instrumentos aplicados, se puede evidenciar la necesidad de crear dicho proyecto.
De esta manera, la propuesta de proyecto de ley tiene por objeto declarar patrimonio cultural, tangible, histórico y turístico al atractivo denominado “Mundo Perdido” ubicado en la comunidad de Maragua, municipio Ocurí provincia Chayanta del departamento de Potosí. Dicha propuesta está estructurada en cinco (5) secciones: a.- Exposición de motivos, en esta se indica el marco legal nacional, las características morfológicas del atractivo denominado Mundo Perdido que le dan valor científico, la diversidad cultural de la zona y el valor cultural que representa dicho atractivo para la identidad cultural de las comunidades de la región; así como el potencial turístico y recurso para el desarrollo económico y social del municipio. b.- Exposición Normativa delimita el marco en el cual se fundamenta la propuesta de ley en lo referente a las responsabilidades del Estado a nivel nacional y municipal sobre la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación; así como las facultades legislativas de los gobiernos autónomos en cuanto a la planificación, programación y ejecución de su gestión política, administrativa, técnica, económica, financiera, cultural y social. c.- Propuesta de ley municipal, en esta sección se establecer 3 artículos: El primero define el objeto de la ley, el segundo la finalidad y el tercero gestión y seguimiento del patrimonio. d.- Disposiciones abrogatorias y derogatorias contiene una disposición única que señala la derogación de todas las normas contrarias a la presente Ley Municipal. e.- Disposiciones finales, indica a partir de cuando entra en vigencia la presente ley.
CONCLUSIONES
El presente trabajo de investigación una vez analizados e interpretado los autores que sustentan la investigación, analizados los resultados y diseñada la propuesta de ley, tal como indicaban los objetivos planteados, se establece las siguientes conclusiones:
1.- Se estableció la variedad étnica de Bolivia y la exigencia de abordar el patrimonio cultural y turístico desde enfoques multidisciplinarios. En este sentido, hay la necesidad de valorar, preservar, promover y conservar el patrimonio nacional pues éste es un factor fundamental de desarrollo económico a través del turismo.
2.- De acuerdo con el diagnóstico efectuado se puede observar con total objetividad y precisión que existe una clara ineficiencia en las normativas municipales, departamentales y nacionales respecto a la preservación promoción y conservación de atractivos turísticos qué existe en muchas comunidades. Por lo que tomando en cuenta dichas consideraciones se puede evidenciar que las políticas culturales no son efectivas y no existen normativas que respalden a una correcta protección de los atractivos turísticos culturales.
3.- La propuesta de Ley Municipal de Declaratoria de Patrimonio Cultural, Tangible, Histórico y turístico al atractivo denominado “Mundo Perdido” de la comunidad de Maragua, municipio de Ocurí del departamento de Potosí; busca brindar un marco jurídico con rango de ley que proporcione las herramientas necesarias para elaborar políticas de protección y difusión del atractivo turístico. Así como, propicie la coordinación con distintos ministerios y el gobierno departamental de Potosí para implementar planes de acción, preservación, promoción y conservación de los atractivos turísticos de dicho municipio; de esa manera se proceda a una reactivación económica turística a partir de la gestión patrimonial del atractivo turístico denominado “Mundo Perdido”.
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